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ONP vs. AFP: el cambio de sistema previsional regirá en 2027

Los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y al Sistema Privado de Pensiones (SPP) tendrán nuevas reglas para trasladarse de un régimen a otro. La medida forma parte de la implementación de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, y comenzará a aplicarse desde el 1 de junio de 2027.

La ONP aprobó el Reglamento Operativo de Traslados mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000081-2026-PE-ONP, estableciendo las condiciones y procedimientos para realizar este cambio entre el SNP y el SPP.

Un nuevo mecanismo para cambiar de régimen previsional

El reglamento establece que el traslado será voluntario, informado y transparente. El afiliado podrá pasar del SNP al SPP o del SPP al SNP, aceptando las condiciones y beneficios correspondientes al régimen de destino.

El trámite se centralizará mediante la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), plataforma digital desarrollada para concentrar los procesos de elección, afiliación y traslado entre ambos sistemas.

El primer traslado podrá solicitarse en cualquier momento desde el 1 de junio de 2027. Para posteriores traslados, el afiliado deberá permanecer al menos 24 meses en el régimen al que se trasladó.

 

 

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El traslado no será igual en ambos sentidos

Las reglas contemplan procedimientos específicos dependiendo del régimen de origen. Quien pase del SNP al SPP deberá iniciar el trámite ante la ONP; mientras que quien se encuentre en el SPP y quiera trasladarse al SNP deberá iniciar el procedimiento ante su entidad administradora de fondos.

Además, los afiliados del SNP que se trasladen al SPP podrán solicitar un Bono de Reconocimiento, siempre que cumplan los requisitos establecidos por las normas que regulan dicho beneficio.

En el caso del traslado hacia el SNP, el reglamento contempla reglas para determinar las unidades de aporte reconocidas y dispone la transferencia del 100 % del saldo acumulado de la Cuenta Individual de Capitalización correspondiente a aportes obligatorios al Fondo Consolidado de Reservas, conforme a las condiciones establecidas.

¿Quiénes no podrán trasladarse?

Los pensionistas de jubilación e invalidez del SNP y del SPP no podrán utilizar este mecanismo, debido a que ya perciben una pensión.

La SBS y la ONP continuarán emitiendo disposiciones complementarias para poner en funcionamiento este procedimiento.

El nuevo esquema representa uno de los cambios de la reforma previsional peruana y busca que las decisiones sobre el régimen de pensiones se realicen con información sobre sus condiciones e implicancias.

 

Escrito por Grupo Verona