El fraccionamiento es una de las alternativas más utilizadas por los contribuyentes para regularizar deudas tributarias sin afectar su liquidez. Sin embargo, los plazos y requisitos varían según los ingresos anuales declarados y el momento en que se presentó la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Conocer estas diferencias evita rechazos y permite acceder al beneficio sin contratiempos.
A continuación, te explico —de forma sencilla y actualizada— cómo tramitar el fraccionamiento según tu nivel de ingresos, conforme al artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N.º 161‑2015/SUNAT, modificada por la RS N.º 036‑2017/SUNAT.
- Contribuyentes con ingresos anuales hasta 150 UIT
La clave para que la SUNAT apruebe tu solicitud sin contratiempos reside en tu volumen de ingresos y tu puntualidad. Identifica tu escenario:
- Si presentaste la Declaración Anual dentro del plazo y usaste el enlace habilitado en SOL:
Si tus ingresos anuales no superan las 150 UIT y cumpliste con presentar tu Declaración Jurada (DJ) Anual dentro del cronograma oficial, tienes el camino libre.
- Cuándo solicitarlo:
Inmediatamente después de enviar la Declaración Anual.
- Cómo hacerlo:
Desde el enlace automático que aparece en SUNAT Operaciones en Línea (SOL) al concluir la presentación.
- Ventaja:
El trámite es más rápido porque el sistema reconoce la declaración y habilita el acceso directo.
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- Si NO usaste el enlace o presentaste la Declaración Anual fuera del plazo:
Si se te pasó la fecha o no usaste el enlace directo al declarar, no entres en pánico, pero prepárate para esperar.
- Cuándo solicitarlo:
A partir del sexto día hábil siguiente a la presentación de la declaración.
- Cómo hacerlo:
Ingresando a SUNAT Virtual, opción Fraccionamiento.
- Importante:
El sistema no habilita el acceso inmediato, por eso debes esperar el plazo mínimo.
- Contribuyentes con ingresos anuales mayores a 150 UIT
Para las empresas con mayor facturación, la norma es más estricta.
- Cuándo solicitarlo:
Desde el primer día hábil de mayo del ejercicio en que vence la Declaración Anual.
- Requisito adicional:
Deben haber transcurrido 5 días hábiles desde la presentación de la declaración.
- Cómo hacerlo:
Exclusivamente a través de SUNAT Virtual.
Este grupo tiene un calendario distinto porque la SUNAT realiza validaciones adicionales antes de habilitar la solicitud.
¿Por qué deberías fraccionar hoy?
Evita cobranzas coactivas y reportes negativos en centrales de riesgo. Permite que tu negocio siga operando mientras cumples con el fisco de forma estructurada. Antes de solicitarlo, verifica que no tengas cobranzas coactivas pendientes de otros tributos, ya que esto podría afectar la calificación de tu solicitud.
Escrito por Grupo Verona