El Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N° 011-2026-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32413, habilitando oficialmente el uso de billeteras digitales como medio válido para el pago de remuneraciones y obligaciones laborales en Perú. Esta medida aplica tanto para trabajadores del sector público como privado, y busca fomentar la inclusión financiera, la transparencia en las transacciones y el respeto a la libre elección del trabajador.
La norma establece que los empleadores podrán abonar sueldos, gratificaciones, CTS y otros beneficios laborales mediante cuentas de ahorro o cuentas de dinero electrónico vinculadas a billeteras digitales, siempre que se garantice la seguridad, oportunidad y gratuidad del acceso a dichos fondos.
¿Cómo funciona este nuevo derecho?
El reglamento, publicado el 6 de febrero de 2026 en el diario oficial El Peruano y en las plataformas digitales del MEF y MTPE, consta de ocho artículos que detallan los procedimientos, derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores.
Para ejercer este derecho, el trabajador debe comunicar su elección al inicio de la relación laboral dentro de los primeros 10 días hábiles. Si ya te encuentras laborando, puedes solicitar el cambio de entidad financiera en los primeros 10 días de cada mes.
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El fin de la injerencia empresarial
Entre los puntos más relevantes, se reconoce el derecho del trabajador a elegir libremente la empresa del sistema financiero o la Empresa Emisora de Dinero Electrónico (EEDE) donde desea recibir sus pagos. Cualquier intento de injerencia por parte del empleador será considerado una infracción muy grave, sancionable por la Superintendencia de Fiscalización Laboral.
Además, se modifica el Decreto Supremo N° 001-98-TR, incorporando reglas claras sobre el uso de terceros para el pago de remuneraciones, la acreditación del abono mediante constancias electrónicas, y la progresiva aplicación de esta libertad de elección en el sector público, conforme a lo que disponga el Ministerio de Economía y Finanzas.
Seguridad y transparencia
Este avance, respaldado por el informe técnico N° 0008-2026-EF/65.04, garantiza que los abonos electrónicos tengan la misma validez legal que un depósito bancario tradicional. Para el empleador, la constancia de abono en la billetera digital será el documento oficial que acredite el cumplimiento de sus obligaciones.
La digitalización del sueldo busca reducir la brecha de exclusión y permitir que el dinero del trabajador esté donde él realmente lo necesita: a un «clic» de distancia. Este avance normativo representa un paso firme hacia la modernización del sistema laboral peruano, alineado con la transformación digital y la autonomía financiera de los trabajadores.
Escrito por Grupo Verona