En un mundo que exige transparencia total, el velo corporativo en el Perú se vuelve cada vez más delgado. El anonimato ya no es una opción para las empresas que buscan sostenibilidad. La SUNAT ha puesto la mira en más de 60,000 personas jurídicas que deben revelar quién tiene el control real del negocio este mes.
¿Estás en la lista de los 60 mil?
Esta obligación alcanza a contribuyentes que registraron ingresos netos entre 50 y 100 UIT durante el ejercicio 2024. Siguiendo la ruta de implementación gradual iniciada en 2019, la Resolución de Superintendencia N° 168-2025/SUNAT marca el inicio del Tramo 2, tras haber fiscalizado a las empresas con ingresos superiores a 100 UIT en octubre pasado.
Dicha obligación se realizará según el siguiente cronograma:
| PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL TRAMO 2: MÁS DE 50 UIT HASTA 100 UIT (según último dígito del número de RUC) | |||||
| 0 | 1 | 2 y 3 | 4 y 5 | 6 y 7 | 8 y 9 |
| 16 enero 2026 | 19 enero 2026 | 20 enero 2026 | 21 enero 2026 | 22 enero 2026 | 23 enero 2026 |
| Buenos contribuyentes y UESP | |||||
| 26 enero 2026 | |||||
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Para los siguientes tramos, los contribuyentes obligados se detallan en el siguiente cuadro:
|
TRAMO |
INGRESOS NETOS |
PLAZO DE PRESENTACIÓN: PERIODO |
| 2 | Más de 50 UIT
hasta 100 UIT |
diciembre 2025 (*) |
| 3 | Más de 25 UIT
hasta 50 UIT |
julio 2026 |
| 4 | Más de 10 UIT
hasta 25 UIT |
septiembre 2026 |
| 5 | Hasta 10 UIT | noviembre 2026 |
¿Quién es exactamente el Beneficiario Final?
No se trata solo de quién figura en los papeles. El Beneficiario Final es la persona natural que, de forma directa o indirecta, posee las acciones o ejerce el control efectivo de la compañía. La administración tributaria busca a quien toma las decisiones, ya sea individualmente o en conjunto con terceros.
El objetivo: Blindaje contra el crimen financiero
Esta medida no es un simple capricho burocrático. Es un compromiso internacional para:
- Prevenir la evasión y elusión tributaria mediante el intercambio de información financiera.
- Fortalecer la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
¿Cómo cumplir sin errores?
El proceso se realiza exclusivamente a través del Formulario Virtual N.º 3800, disponible en SUNAT Operaciones en Línea (SOL). Para facilitar el camino, la entidad ha habilitado un portal de orientación especializado que puedes consultar aquí: https://orientacion.sunat.gob.pe/declaracion-informativa-del-beneficiario-final-0
Recuerda: una declaración fuera de plazo o con datos inexactos es una invitación abierta a una auditoría profunda. La transparencia es, hoy por hoy, el mejor activo de tu empresa.
Escrito por Grupo Verona