Calle Los Ñandues 193 Urb. Limatambo - Surquillo - Lima - Peru
giovanniverona@grupoverona.com
221 8999
995 953 058

Oficializan beneficios laborales para catedráticos públicos

A través del Decreto Supremo N.º 222-2025-EF, el Gobierno aprobó los procedimientos, mecanismos y disposiciones que regulan tres beneficios laborales clave para los docentes ordinarios de universidades públicas: la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), la Asignación por Tiempo de Servicios y el Subsidio por Luto y Sepelio.

Esta medida se enmarca en la Ley N.º 32091, que modificó la Ley Universitaria N.º 30220, incorporando los artículos 96-A, 96-B y 96-C para garantizar derechos laborales específicos a este grupo profesional.

¿Qué establece el nuevo decreto?

El decreto establece criterios precisos que incluye:

  • La CTS se reconoce por el tiempo efectivamente trabajado, incluso en casos de suspensión imperfecta. Se computa desde el nombramiento del docente, y si hubo una reincorporación, desde la última fecha de ingreso. El reconocimiento se realiza de oficio.
  • La asignación por tiempo de servicios se calcula proporcionalmente para docentes a tiempo parcial, tomando como base la remuneración de un docente a tiempo completo. También se reconoce de oficio.
  • El subsidio por luto y sepelio asciende a S/ 3,000 y se otorga a solicitud del docente o sus deudos, según el caso. La universidad debe verificar el parentesco y el fallecimiento. Este beneficio también aplica en casos de suspensión imperfecta.

Naturaleza no remunerativa y financiamiento

Importante: no son remunerativos ni pensionables Estos beneficios no generan cargas sociales ni se consideran parte de la remuneración. Además, se financiarán con los presupuestos institucionales de cada universidad, sin afectar el Tesoro Público.

 

Leer más: SUNAT publica nueva lista de sujetos sin capacidad operativa

Leer más: SUNAT modifica credito tributario para MYPE Agro y Textil 

 

Docentes del ministerio de defensa e interior

Los docentes civiles incorporados a la carrera universitaria en estas instituciones también acceden a estos beneficios, financiados por sus respectivos pliegos presupuestales.

Registro obligatorio

Para acceder a estos beneficios, los docentes deben estar registrados en el Aplicativo Informático AIRHSP del Ministerio de Economía y Finanzas.

Publicación oficial

El decreto fue publicado en el diario El Peruano y en las plataformas digitales del Estado, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas.

Finalmente, se derogó el Decreto Supremo N.º 341-2019-EF, dejando sin efecto las fórmulas anteriores de cálculo para estos beneficios.

Los docentes ordinarios de las universidades públicas tienen ahora un marco legal que garantiza y formaliza la protección de sus derechos laborales a lo largo de su carrera.

 

Escrito por Grupo Verona