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Una de las principales novedades tributarias de este año es la ampliación del plazo para la declaración y pago del Impuesto a la Renta (IR) para personas naturales y micro y pequeñas empresas (MYPES).

De acuerdo con la Ley N° 31940, las personas naturales y MYPES ahora podrán realizar estos procesos desde marzo hasta junio; de esta manera tienen más tiempo para preparar su declaración de impuestos y asegurarse de cumplir con sus obligaciones tributarias.

Otro cambio importante para los trabajadores es la ampliación del rango de exoneración del IR sobre los sueldos. Este 2024, los trabajadores dependientes que figuran en planilla, sujetos al IR de Quinta Categoría, no pagarán el impuesto a la renta, siempre que sus ingresos anuales no superen 7 UIT (S/ 36,050 anuales).

 

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En el caso de los trabajadores independientes que emiten recibo por honorarios, están exentos del pago de este impuesto en tanto sus ingresos anuales no superen los S/ 45,063 (considerando la deducción de 7 UIT y el 20% de la renta bruta).

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Escrito por: Grupo Verona