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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través de la Resolución Ministerial N°021-2022-EF/15 ha actualizado el monto fijo del ISC a los cigarrillos y bebidas alcohólicas con más de 20 grados de alcohol.

De acuerdo al MEF, esta actualización se realiza de forma regular a inicios de cada año y permite mantener la carga tributaria (participación del ISC respecto al precio del producto).

Así mismo, el Poder Ejecutivo ha indicado que, el combustible, la cerveza y el vino no registrarán este año una variación en el impuesto.

Ajustes

Este año se realiza un ajuste del valor del monto fijo sobre tres bienes: los cigarrillos, las bebidas alcohólicas con 20 grados o más de alcohol y el pisco, con un valor de S/ 0,01, S/ 0,08 y S/ 0,05, respectivamente.

PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACION DE MONTO FIJO:

 

PARTIDAS ARANCELARIAS

PRODUCTOS

SOLES

2402.20.10.00/

2402.20.20.00

Cigarrillos de tabaco negro y Cigarrillos de tabaco rubio

S/ 0,36 por cigarrillo

2208.20.21.00

Pisco

S/ 2,27 por litro

 

PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO (MONTO FIJO), AL VALOR O AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO:

 

BIENES

SISTEMAS

 

Partidas arancelarias

 

Productos

 

Grado alcohólico

Literal B del Nuevo Apéndice IV – Específico

(Monto Fijo)

2204.10.00.00/

2204.29.90.00

2205.10.00.00/

2205.90.00.00

2206.00.00.00

2208.20.22.00/

2208.70.90.00

2208.90.20.00/

2208.90.90.00

 

 

 

 

 

 

 

Líquidos alcohólicos

 

 

 

 

 

 

 

 

Más de 20º

 

 

 

 

 

 

 

 

S/ 3,63 por litro

 

 

Vigencia

A partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución

¿Qué es el ISC?

Este impuesto, sumada a su finalidad fiscal, se concibe como un instrumento disuasivo del consumo de productos que ocasionan efectos negativos sobre la salud de la población y el medio ambiente.

El ISC que se paga con un monto fijo en soles (S/) por cada bien gravado se actualiza cuando el precio del bien (medido por su respectivo Índice de Precios al Consumidor – IPC) experimenta un incremento mayor a 1% el año anterior a la actualización con la finalidad de recuperar la carga tributaria, ya que siendo un ISC de monto fijo, este no se ajusta automáticamente, como ocurre en otros impuestos que están expresados como un porcentaje del valor del producto.

Puedes descargar la Resolución en este ENLACE

Fuente: MEF

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