El Gobierno a través del Decreto Supremo N°149-2021-PCM ha extendido hasta el domingo 5 de septiembre las medidas restrictivas por la pandemia del covid-19, de acuerdo al nivel de alerta de cada provincia del país.
En esta regulación se detallan las provincias que se encuentran en nivel de alerta «alto» y «muy alto», es importante acotar que por el momento no se registra ninguna provincia en nivel de alerta «extremo».
Inmovilización
Para Lima y Callao el toque de queda seguirá rigiendo desde las 00:00 horas hasta las 4:00 horas. Por su parte, otras 27 provincias del país se mantienen en nivel de alerta «alto» y solo Huánuco y Moyobamba siguen en alerta «muy alto».
En el nivel «moderado» se ubican las demás provincias que no figuran en los niveles superiores de riesgo al covid-19.
La inmovilización social obligatoria o toque de queda será en los horarios conforme al siguiente detalle:
- Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas.
- Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas.
- Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
- Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Se dispone también que en el plazo máximo de 10 días calendario el Ministerio de Salud presentará a la PCM la propuesta de nuevas medidas que debe seguir la ciudadanía ante las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.
Estado de Emergencia Nacional
En el texto se observa, además, que el Gobierno amplió por el plazo de 30 días calendario, a partir del miércoles 1 de setiembre de 2021, el estado de emergencia nacional ante las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.
Aforos según nivel de alerta
De acuerdo al nivel de alerta por provincia y departamento, hasta el 5 de septiembre de 2021 las siguientes actividades económicas, así como los templos y lugares de culto tendrán el siguiente aforo:
- Nivel de alerta moderado:
- Actividades en espacios cerrados:
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 50%
- Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 60%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 60%
- Templos y lugares de culto: 50%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías: 60%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 60%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Eventos empresariales y profesionales: 60%
- Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Nivel de alerta alto:
- Actividades en espacios cerrados:
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 40%
- Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 40%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 60%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
- Templos y lugares de culto: 40%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías: 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 50%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Eventos empresariales y profesionales: 50%
- Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
- Nivel de alerta muy alto:
- Actividades en espacios cerrados:
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 30%
- Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 30%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 40%
- Templos y lugares de culto: 30%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías: 40%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 40%
- Bancos y otras entidades financieras: 50%
- Eventos empresariales y profesionales: 40%
- Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
- Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
- Nivel de alerta extremo:
- Actividades en espacios cerrados:
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 20%
- Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 20%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 40%
- Restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación): 30% (previa cita)
- Templos y lugares de culto: 20%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías: 30%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 30%
- Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y otros afines (con ventilación): 40% (previa cita)
- Bancos y otras entidades financieras: 40%
- Eventos empresariales y profesionales: 0%
- Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
- Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery): hasta las 23:00 horas.
- Servicio de farmacia para entrega a domicilio (delivery): las 24 horas.
- Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
Puedes descargar la norma en este ENLACE
Con información de: Andina.pe