Se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N°000071-2021-SUNAT/7T0000, a través del cual la Administración Tributaria analiza si procede o no la emisión de comprobantes de pago por los depósitos overnight en el Banco de Reserva del Perú (BCRP), operaciones de compra con compromiso de recompra de los títulos valores de dicho banco y del Tesoro Público, y las operaciones de compra con compromiso de recompra en moneda extranjera que efectúa el BCRP.
Base legal
- Decreto Ley N°25632, que establece la obligación de emitir comprobantes de pago en las transferencias de bienes, en propiedad o en uso, o en prestaciones de servicios de cualquier naturaleza, publicado el 24.7.1992 y normas modificatorias.
- Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N°007-99/SUNAT, publicada el 24.1.1999 y normas modificatorias (en adelante, RCP).
Análisis
Destaca de este Informe que las operaciones materia de consulta constituyen instrumentos de regulación monetaria que utiliza el BCRP para cumplir con su finalidad de preservar la estabilidad monetaria del país, siendo que, en cuanto a su naturaleza jurídica, dicha entidad ha manifestado en la referida Carta N°0014-2021-JUR100-N que “no constituyen transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de servicios”.
Conclusión
No existe la obligación de emitir comprobantes de pago por los instrumentos de regulación monetaria a través de los cuales el BCRP cumple con su finalidad de preservar la estabilidad monetaria del país, como es el caso de los depósitos overnight, operaciones de compra con compromiso de recompra de los títulos valores de dicho banco y del Tesoro Público, y las operaciones de compra con compromiso de recompra en moneda extranjera que efectúa el BCRP.
Puedes descargar el informe completo en este ENLACE
Fuente: SUNAT
Escrito por: Grupo Verona