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El Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), es un registro en el que pueden inscribirse las micro y pequeñas empresas (MYPE) para acceder a beneficios laborales y tributarios, con el propósito de que puedan desarrollarse, consolidarse en el mercado y generar empleo y desarrollo.

¿Quiénes pueden acceder?

Pueden entrar en REMYPE las micro y pequeñas empresas constituidas por personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades como extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. Asimismo, deben tener como mínimo un trabajador.

No pueden acceder a este registro empresas del rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de azar.

Debes tener en cuenta que, la medida establecida por la normativa vigente para definir a la micro y pequeña empresa es

Requisitos para inscribirse

Registro

Para el registro online debes:

Junta de propietarios

Es importante acotar que, también podrán inscribirse en el REMYPE las juntas de propietarios, a fin que sus trabajadores (guardianes, vigilantes) estén comprendidos en los beneficios laborales que contempla la Ley MYPE. La junta de propietarios puede ser de edificios, de departamentos, quintas, casas de copropiedad, centros y galerías comerciales o campos feriales.

Beneficios laborales

Beneficios comunes

Los beneficios laborales especiales de los trabajadores de las MYPE son los contemplados en el TUO de la Ley MYPE (DS 013-2013-PRODUCE), en tanto la empresa esté inscrita en el REMYPE; pues, hay otros derechos laborales comunes que se aplican a todas las empresas privadas, sean del régimen general o de las MYPE.

Estos beneficios comunes son:

Periodo de prueba

El periodo de prueba legal de tres meses rige para todos los trabajadores, sean de régimen general o de las MYPE, aun cuando no se haya pactado en el contrato de trabajo.

Remuneración

Los trabajadores de la micro y pequeña empresa tienen derecho a percibir por lo menos la remuneración mínima, que actualmente equivale a S/ 930 mensuales.

Jornada de trabajo

Los trabajadores de la micro y la pequeña empresa deben de laborar 8 horas diarias y 48 horas semanales como máximo. Los trabajadores MYPE que laboren en jornada nocturna y perciban la remuneración mínima, no tienen derecho a la sobretasa del 35%, que si corresponde al régimen laboral común.

Descanso semanal

Los trabajadores de la micro y pequeña empresa tienen derecho a un día de descanso semanal (no necesariamente el domingo.

Descanso en días feriados

Los trabajadores de la micro y la pequeña empresa tienen derecho al descanso pagado en los días feriados, conforme con el D. Leg. 713.

Beneficios especiales

Los beneficios laborales especiales de los trabajadores de las micro y pequeñas empresas están contemplados en el TUO de la Ley MYPE, destacando entre otros, los siguientes:

Por último, el trámite no genera costo para el empleador y es 100% online.

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Fuente: LaCamara.pe

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