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El Gobierno ha establecido nuevos aforos y medidas para las distintas actividades económicas, de acuerdo al nivel de alerta por provincia y departamento, que estarán vigentes hasta el 20 de junio del 2021.

A través del Decreto Supremo N°105-2021-PCM, se han ampliado los aforos diferenciados de diversas actividades económicas, así como de los templos y lugares de culto, de la siguiente forma:

Nivel de alerta moderado:

Nivel de alerta alto

Nivel de alerta muy alto

Nivel de alerta extremo

Sin restricción

En todas las actividades económicas señaladas se podrán realizar transacciones por medios virtuales, entregas a domicilio (delivery) y recojo en local para el caso de restaurantes y afines, en los horarios establecidos.

Asimismo, se dispone que los establecimientos comerciales deben cerrar una hora antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en la provincia de Lima del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, que deben cerrar al menos dos horas antes.

Municipalidades

Los gobiernos locales deben regular las actividades económicas de los conglomerados en sus jurisdicciones, con la finalidad de reducir el riesgo de actividades en lugares cerrados que no cuenten con una adecuada ventilación y el riesgo de aglomeraciones, teniendo en consideración lo siguiente:

Con información de: Andina.pe

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