De acuerdo a la Resolución de Intendencia N°032-2021-Sunafil/IRE-CAJ, recaída en el expediente sancionador 177-2020-PS/Sunafil/IRE-CAJ/SIRE, la SUNAFIL indica que todo empleador que detecte un diagnostico confirmado de Covid-19, debe de cumplir las obligaciones señaladas por el Ministerio de Salud en el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de Covid-19 en el Trabajo.
Ello teniendo en cuenta que todas las obligaciones contenidas en el plan o lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a exponerse al Covid-19 son de cumplimiento obligatorio.
Infracción
Asimismo, SUNAFIL señala que si el empleador no acredita la respectiva derivación de los casos de sus trabajadores con diagnóstico confirmado para Covid-19 a un establecimiento de salud para su manejo y control incurre en una infracción de naturaleza insubsanable.
Fuente: Actualidad Laboral
Escrito por: Grupo Verona