Con la finalidad de evitar y erradicar la desnaturalización de las relaciones laborales en todas las entidades del sector público el Pleno del Congreso de la República aprobó el texto sustitutorio de los Proyectos de Ley 945, 5246, 5872 y 5875, los cuales proponen prohibir a las entidades públicas realizar contratos mediante la modalidad de locación de servicios.
De acuerdo a la Ley, las entidades tendrán un plazo máximo de adecuación de un año. En este tiempo las entidades indicadas por la ley deben convocar a concursos públicos de mérito a través de los cuales se incorpore a los locadores de servicio que realizan a la fecha de publicación de esta ley actividades de naturaleza permanente y con evaluación de sus méritos.
Es importante tener en cuenta que, la autógrafa deberá ser analizada por el Ejecutivo.
Se incluyen en el alcance los organismos autónomos, gobiernos regionales y locales, organismos descentralizados y otros, quienes tendrán prohibido, una vez promulgada la norma, de contratar trabajadores bajo locación de servicios cuando se trate de cubrir plazas o funciones de carácter permanente o no permanente.
Esta iniciativa legislativa exceptúa a la contratación de servicios de carácter urgente y temporal, debidamente acreditados, y por un lapso que no podrá exceder seis meses calendario.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Oseda, señaló: “Con esta norma vamos a reivindicar a miles de trabajadores del sector público que por años vienen laborando en situaciones precarias. Es una iniciativa a favor de la clase trabajadora”.
Durante el debate también se precisó que actualmente son 145 mil personas contratadas bajo este régimen, entre ellos médicos y enfermeros sin ningún tipo de beneficio laboral.
Escrito por: Grupo Verona
Fuente: LaLey.pe