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Con la Resolución de Superintendencia N°000020-2021/SUNAT, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración, ha aprobado una nueva versión del PDT Planilla Electrónica – Plame, Formulario Virtual 0601. Recordemos que su última versión fue aprobada por Resolución de Superintendencia 000233-2020/Sunat.

De acuerdo a la norma, los motivos por los que se hacen las adecuaciones se deben principalmente a:

Aprobación de una nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N°0601

El PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N°0601 – Versión 3.9, estará a disposición de los interesados a partir del 12 de febrero de 2021, siendo de uso obligatorio a partir de dicha fecha.

Modificación del Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual

El formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual, modificado por la presente resolución, debe ser utilizado a partir del 10 de febrero de 2021, por los períodos a que se refiere la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia N°335-2017/SUNAT, para presentar la declaración mensual y efectuar el pago de los conceptos a que se refiere el artículo 12 de dicha resolución, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias y rectificatorias.

Dicho formulario virtual se encontrará a disposición de los deudores tributarios, a partir del 10 de febrero de 2021, en la opción Mis declaraciones y pagos.

No utilización del PDT N°621 IGV-Renta mensual

Los deudores tributarios a que se refiere el párrafo 2.1 del artículo 2 no podrán utilizar el PDT N°621 IGV-Renta mensual para la presentación de las declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias de los conceptos a que se refiere el artículo 12 de la Resolución N°335-2017/SUNAT por los periodos enero de 2021 en adelante, ni para efectuar el pago de estos.

Modificación del Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N°121-2011-TR

Incorpórese el ítem 1.18 del numeral 1. Datos del empleador del rubro I. Del T-Registro (Registro de Información Laboral) del Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N°121-2011-TR, conforme al siguiente texto:

“Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica (…) 1.18 Empleador sujeto al Régimen Laboral Agrario de la Ley N°31110 y tipo de actividad que realiza”.

Modificación de la Resolución de Superintendencia N°335-2017/SUNAT

Modifíquese el acápite i) del inciso 12.4.1 del párrafo 12.4 del artículo 12 de la Resolución de Superintendencia N°335-2017/SUNAT por los siguientes textos:

“Artículo 12. DEL FORMULARIO DECLARA FÁCIL 621 IGV-RENTA MENSUAL (…) 12.4 Para presentar el formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual el deudor tributario debe tener en cuenta, además de lo indicado en el artículo 6, lo siguiente:

(…)

12.4.1 (…)

  1. i) Por el periodo a declarar no hubiera realizado operaciones gravadas con el IVAP, no goce del beneficio de estabilidad tributaria, no le sea aplicable alguno de los beneficios establecidos en la Ley N°31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, ni la Ley N°27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, o no le hubiere sido aplicable alguno de los beneficios que establecía la Ley N°27360, Ley que aprueba las normas de Promoción del Sector Agrario.”

Vigencia

La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Escrito por: Grupo Verona

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