Desde el 1 de enero del 2021 las entidades del sistema financiero tienen la obligación de reportar a la Sunat acerca de las cuentas de depósitos de sus clientes, tanto personas naturales como jurídicas, cuyos saldos sean iguales o mayores a S/ 10,000, o su equivalente en moneda extranjera.
¿Quiénes serán alcanzados con esta regulación?
El universo que se verá afectada por esta disposición, de acuerdo al intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer de la Cruz, corresponde aproximadamente a 250,000 personas jurídicas y 1.7 millones de personas naturales.
¿Para qué utilizarán esta información?
En línea con la explicación del funcionario, se entiende que esta información será utilizada como fuente para un cruce de información con las declaraciones.
Al respecto indicó: “Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va hacer la Sunat primero es preguntarle al contribuyente ¿Cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000? Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat”.
¿Qué pasa si no hay sustento del saldo?
De la Cruz ha explicado que en caso el contribuyente no sustente los fondos se invitará a un proceso de inducción y de orientación para regularizar la omisión, es decir, el no pago de impuestos. En el supuesto de que se incumpla con el reconocimiento voluntario del pago de impuestos, se iniciará un proceso de auditoría.
¿Qué sucedió con el ITF para la detección de evasión?
Durante la sesión se le consultó al funcionario de la Sunat acerca de esta herramienta para la identificación de evasores. De la Cruz expuso que el ITF tiene un alcance limitado. “De hecho tiene una lista extensa de exoneraciones en las que no se aplica ITF, por ejemplo, las remuneraciones no están afectas al ITF por eso la Sunat no sabe los montos de depósitos”.
Puntualizó también que el ITF es una herramienta complementaria, debido a que muestra el movimiento y el saldo de las cuentas permite descubrir con mayor certeza la evasión y elusión tributaria.
¿Habrá seguridad en la información?
En igual sentido, el funcionario acotó que la Sunat cuenta con altos estándares de seguridad que evitará una fuga de información acerca de los depósitos bancarios, siguiendo desde hace un año los requisitos exigidos por los países de la OCDE.
Finalmente manifestó que esta obligación de los bancos no encarecerá los servicios financieros que estos prestan y que tampoco desincentivará la bancarización.
Otras opiniones sobre la regulación
El día de hoy a través de una entrevista, el Abogado José Verona, experto tributarista también realizó una evaluación de esta nueva medida. Respecto a la posible violación del secreto bancario indicó que, en su opinión no hay una violación, debido a que no se está informando cada operación sino los totales, el promedio o montos máximos, por lo que no se podrá identificar cada operación realizada.
Estos reportes son muy valiosos para detectar operaciones como el lavado de activos, porque permite hacer cruces de información para determinar si lo ingresado fue declarado o no.
Si las personas o empresas tienen sustento de cómo se gestó el dinero en las cuentas no hay por qué preocuparse. Si eres un informal sin boletas de ventas ni facturas, recibiste una donación sin documento notarial, ingresas y sacas constantemente dinero al banco sin fundamento, preocúpate, hay inconsistencias por las que Sunat seguramente verificará.
La recomendación del experto en tributos es que te pongas en orden antes de que llegue la Sunat a fiscalizar, estás a tiempo, evita multas y otras sanciones.
Escrito por: Grupo Verona