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5 datos sobre la remuneración Integral Anual

De acuerdo con el artículo 8 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (D.S. 003-97-TR), aunado con el artículo 14º del Decreto Supremo Nº001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, se permite a los empleadores acordar con sus trabajadores la percepción de una remuneración integral computada por el periodo anual (RIA), el mismo que comprenda todos los beneficios legales y convencionales, con excepción de las utilidades.

Cuatro aspectos esenciales que debes conocer sobre la RIA

  1. Requisitos

Para acordar el pago de una Remuneración Integral Anual (RIA) se requiere:

  1. que el trabajador esté recibiendo una remuneración mensual mayor a 2 UIT para el ejercicio 2022, sería S/ 9,200 soles mensuales (UIT = S/ 4,600).
  2. que exista acuerdo por escrito entre empleador y trabajador.

La Remuneración Integral Anual, incluye, por tanto, la CTS, vacaciones, gratificaciones y otros conceptos remunerativos.

  1. Periodicidad de Pago de la RIA

El empleador y el trabajador determinarán la periodicidad de pago de la remuneración integral. Esta puede ser abonada por periodos de manera semanal, quincenal o mensual. Aunque habitualmente este abono se realiza mensualmente de tal forma que el trabajador pueda planificar sus gastos.

  1. Aportaciones y contribuciones para los trabajadores con RIA

De acordarse una periodicidad mayor a la mensual, el empleador está obligado a realizar las aportaciones mensuales de ley que afectan dicha remuneración (Pagos a Es Salud, retención de pensiones, Quinta categoría).

  1. Declaración PDT PLAME

Para el registro en la Planilla Mensual de Pagos (PLAME), tratándose de trabajadores que perciben una remuneración integral con periodicidad mayor a la mensual, el empleador debe consignar en la planilla el monto mensual correspondiente.

La Remuneración Integral Anual se deberá registrar en el código 0125 “REMUNERACIÓN INTEGRAL ANUAL- CUOTA”.

  1. Ejemplo de Remuneración Integral Anual

Un trabajador acuerda el pago de su remuneración integral de la siguiente manera:

 

CONCEPTO MONTO TOTAL
Remuneración básica S/9,200 x 11 S/101,200
Remuneración vacacional S/9,200 x 1 S/9,200
CTS S/9,200/12 x 14 S/ 10,733
Gratificaciones S/9,200 x 2 S/18,400
Bonificación extraordinaria S/18,400 x 0.9 S/1,656
Total S/141,189
Cuota mensual S/141,189/12 S/11,765.75

 

Con información de: Noticiero Contable