La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha oficializado el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), conforme al Reglamento del Decreto de Urgencia N.º 012-2019. Esta medida, aprobada mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000319-2025/SUNAT, busca facilitar el proceso de devolución para los transportistas que presenten solicitudes correspondientes al tercer trimestre del año fiscal 2025.
¿Qué implica esta aprobación?
El ISC es un tributo que grava productos como combustibles, y su devolución parcial está diseñada para aliviar la carga tributaria de los transportistas formales que cumplen con los requisitos establecidos. Con esta resolución, SUNAT establece el porcentaje técnico que permitirá calcular el monto máximo a devolver, brindando predictibilidad y transparencia al proceso.
Esta disposición se enmarca en el numeral 2.6 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N.º 012-2019, que regula el mecanismo de restitución para el sector transporte terrestre de carga y pasajeros, incentivando la formalización y el cumplimiento tributario.
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Impacto en el sector transporte
La devolución del ISC representa un alivio económico directo para los transportistas, especialmente en un contexto de costos operativos elevados. Esta medida permite recuperar parte del impuesto pagado por el consumo de combustibles, siempre que se cumplan los requisitos documentarios y operativos exigidos por SUNAT.
Además, refuerza el compromiso del Estado con la competitividad del transporte formal, promoviendo el uso de mecanismos tributarios eficientes y accesibles.
¿Qué deben hacer los transportistas?
Los beneficiarios deberán presentar su solicitud de devolución conforme al procedimiento vigente, adjuntando la documentación que acredite el consumo de combustible y el cumplimiento de las condiciones establecidas. La SUNAT evaluará cada caso y aplicará el porcentaje aprobado para determinar el monto a devolver.
Escrito por Grupo Verona