A través de una nota de prensa, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, se pronunció sobre el Reglamento de la Ley N° 30936 aprobado por el Ejecutivo y que promueve el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible.
Es así como en el capítulo III artículo 17 de la mencionada Ley se establecen las medidas de promoción del uso de la bicicleta en los centros laborales
“El reglamento impulsa el uso de este medio de transporte en los centros laborales, ratifica que el ciclista tiene preferencia de paso respecto de otros vehículos y pueden circular en vías urbanas y no urbanas”, señala el ministerio.
¡Vamos en bici! Permitirá que los servidores públicos recibirán una jornada laboral libre remunerada por cada 60 veces que certifiquen haber asistido a sus trabajos en bicicleta.
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“Para ello, se flexibiliza el horario y la vestimenta de los trabajadores. Las empresas y entidades estatales deben implementar o facilitar las duchas a su personal” menciona.
En el caso de los empleadores privados pueden optar medidas como flexibilización del horario de trabajo, otorgamiento de días u horas libres remuneradas (sólo si acredita haber asistido a su centro de labores con bicicleta) o el hecho de acumular días u horas al descanso vacacional.
“Cada empleador establece las políticas internas para la promoción del uso de la bicicleta; así como, las medidas necesarias para verificar que los trabajadores llegan en bicicleta al centro laboral”, recalca el reglamento.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”