Mediante resolución de superintendente (064-2020-SUNARP/SN y 067-2020-SUNARP-SN) la Superintendencia Nacional de Registros Públicos dispone la presentación obligatoria de partes electrónicos a través de SID-SUNARP a nivel nacional, los cuales se tramitarán exclusivamente a través de esta plataforma.
La primera semana de junio, mediante la Resolución de Superintendente 064-2020-SUNARP/SN ya se había determinado la presentación y trámite de partes notariales en SID-SUNARP para evitar las aglomeraciones y promover el trabajo remoto; con la nueva Resolución de Superintendente se amplía los documentos a presentar por este medio.
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A partir del 15 de junio se deberá presentar partes notariales suscritos con firma digital para inscribir actos en el Registro de Personas Naturales y en el Registro de Predios; a partir del 19 de junio, actos en el Registro de Personas Jurídicas; a partir del 24 de julio, los actos correspondientes al Registro de Bienes Muebles; y, a partir del 23 de septiembre, aquellos que corresponden al Registro Derechos Mineros.
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Escrito por: Grupo Verona