Trámites exclusivos por SID-SUNARP

Mediante resolución de superintendente  (064-2020-SUNARP/SN y 067-2020-SUNARP-SN) la Superintendencia Nacional de Registros Públicos dispone la presentación obligatoria de partes electrónicos a través de SID-SUNARP a nivel nacional, los cuales se tramitarán exclusivamente a través de esta plataforma.

La primera semana de junio, mediante la Resolución de Superintendente 064-2020-SUNARP/SN ya se había determinado la presentación y trámite de partes notariales en SID-SUNARP para evitar las aglomeraciones y promover el trabajo remoto; con la nueva Resolución de Superintendente se amplía los documentos a presentar por este medio.

 

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A partir del 15 de junio se deberá presentar partes notariales suscritos con firma digital para inscribir actos en el Registro de Personas Naturales y en el Registro de Predios; a partir del 19 de junio, actos en el Registro de Personas Jurídicas; a partir del 24 de julio, los actos correspondientes al Registro de Bienes Muebles; y, a partir del 23 de septiembre, aquellos que corresponden al Registro Derechos Mineros.

Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”

Escrito por: Grupo Verona

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