Sunat aprueba las reglas y formularios para la Declaración de IR y ITF 2018

Con esta nueva resolución surgen modificaciones sobre quienes son las personas obligadas a presentar la Declaración Anual

A través de la R. S. Nº 015-2019/Sunat, se aprueba el acogimiento del Formulario Virtual Nº 707-Personas Naturales en el caso de rentas de primera categoría, segunda categoría (venta de acciones y otros), rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera. Así mismo el dispositivo legal certifica el Formulario Virtual Nº 708, para rentas de tercera categoría, el cual podrá utilizarse en Sunat Virtual a partir del 16 de febrero; en igual sentido en la misma fecha se podrá acceder desde ese portal al formato PDT 708, rentas de tercera categoría e ITF. Es importante que conozcas que los contribuyentes obligados a presentar la declaración jurada a través de estos formularios virtuales, dispondrán de la información personalizada (rentas, gastos, retenciones y pagos del impuesto, así como las retenciones y pagos del ITF, saldo a favor, pagos a cuenta y retenciones del impuesto e ITAN efectivamente pagado o que se haya aplicado como crédito contra los pagos a cuenta) que será cargada automáticamente ingresando al señalado enlace, la cual se actualizará el próximo 31 de enero.

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La adopción de estos lineamiento por parte del ente administrativo se sustentan en el contenido del texto indicado en el primer párrafo del acápite 88.1 del artículo 88 del Código Tributario, en donde se establece que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria.

En la aludida Resolución de Superintendencia  se indican los obligados a presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio gravable 2018.

Escrito por: Abg. Jessica Navarro

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