A través de la Resolución N°016-2020-SUNASS-CD, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) permitirá a aquellas empresas dedicadas al servicio de agua potable que no accedan a financiamiento (público o privado) realizar ajustes tarifarios a fin de garantizar su operatividad presentando una solitud de inicio del procedimiento de revisión tarifaria hasta el 15 de julio.
Así, las compañías a cargo de este servicio, en su mayoría empresas públicas municipales, podrán solicitar un procedimiento de revisión tarifaria para que realicen el ajuste y puedan asegurar el acceso de los usuarios al recurso. Esto se establece debido a la caída de la recaudación municipal, como consecuencia de la afectación económica que el Estado de emergencia supone para los usuarios.
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Además, Sunass suspenderá las metas de gestión establecidas en estudio tarifario vigente y los incrementos tarifarios (no aplicados) mientras no se emita una resolución que apruebe la nueva fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión. En tanto, las empresas deberán mantener la calidad y continuidad del servicio en la forma que se venía dando desde antes del Estado de Emergencia.
Finalmente, Sunass cuenta con un plazo, desde la presentación de la solitud, no mayor al 31 de diciembre de 2021 (periodo que podrá ampliarse en función de las particularidades de cada empresa prestadora); las formulas tarifarias se calculan para un periodo de 5 años para cada empresa de agua que regula la Sunass.
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Escrito por: Grupo Verona