Desde el día martes 07 de mayo, ya se encuentra vigente la norma antielusión para todos los peruanos, por tanto, es necesario recalcar algunas precisiones de esta norma, este precepto es un instrumento creado para la gran empresa, para las transnacionales, los pequeños no tienen por qué preocuparse ni asustarse, aunque la norma efectivamente no lo indica como tal, ya que si bien es cierto que la misma es de aplicación general, las características propias de su estructura indican como un hecho cual es el sector que será su foco de atención.
Mientras que el fenómeno de la evasión perjudica a los 30 millones de peruanos, incluidos los 17 millones económicamente activos y el 72% de informalidad, esta norma antielusión recaerá sobre 5 mil peruanos, es decir, las 5 mil empresas más grandes del país, que son aquellas que venden más de 5 millones de soles anuales, es a este grupo que solo podrá aplicarse la norma antielusión.
Los peruanos tienen que tener garantía que a partir de la entrada en vigencia de este texto, ya no se pasaran por agua tibia los planeamientos tributarios agresivos, esos donde el empresario de traje y corbata le saca la vuelta a la Sunat, haciendo contratos, arquitecturas, diseños legales, con la finalidad de no pagar impuestos. Por tanto los pequeños, los medianos, los trabajadores de a pie deberían aplaudir este paso, aunque es cierto que aun debemos perfeccionar la norma, falta mejorarla.
Una norma antielusión se utiliza para combatir las simulaciones de actos que los empresarios pudieran tener, pero como esto puede ser muy gaseoso lo pondré en blanco y negro, con un ejemplo: Yo soy un empresario textil, hace 20 años creé mi empresa, tengo el 99% de acciones, soy el gerente general, y le cobro un millón de dólares a mi empresa por un derecho de no hacer, es allí donde puede ser requerida información en cuanto a ¿en que consiste su derecho de no hacer?, si su respuesta es, “yo no le puedo contar los secretos de cómo fabrico mis prendas textiles a otras compañías”, ese caso es bastante ilógico, ya que es innecesario hacer un pago para no dañar a la misma empresa a la que pertenece, obviamente esto es una simulación. Pero ¿por qué es simulación? porque de ese millón de dólares pago un 5% a la Sunat, pero se deduce un pago de impuesto por 250 mil dólares, eso es un planeamiento fiscal agresivo, y la administración tributaria ahora con esta norma podrá determinar que este caso no es real, que solo se aplica para pagar menos impuestos y por tanto es una elusión, esa reinterpretación de un contrato legal, de una arquitectura contable, creada expresamente para dejar de pagar impuestos, es lo que Sunat va a entrar a evaluar.
La proyección de la OCDE indica que entre el 3 y 9% del PBI de cada país se pierde en actos elusivos, tal es así que su plan BEPS, dentro de las 15 acciones que impone el organismo a sus miembros a partir de enero del próximo año, tiene como piedra fundamental la lucha contra la elusión. Empresas como Apple que es una empresa billonaria, paga menos del 0,01% de impuestos, estas arquitecturas son las que se quieren desmantelar y tirar abajo.
En Perú las proyecciones de recaudación con la aplicación de la NAG están ubicadas alrededor de un 0,3 a 0.6% del PBI, que representan de 3000 a 5000 millones de soles, la clave para poder lograr esa recaudación es que el auditor de Sunat sea totalmente transparente. Es por ello que la administración tributaria actualmente está capacitando a los funcionarios que van a aplicarla, por ello aprovecho este medio para invitar al Ministro de Economía y a la Superintendente de administración tributaria a que el procedimiento que se lleve a cabo en estos casos sea sumamente transparente, demuéstrenle a las empresas que tienen las pruebas y para ello el procedimiento debe estar claro de tal forma que a los abogados defensores y a los propios empresarios les avergüence impugnar.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro