Se ha revelado que el conductor de vehículo siniestrado condujo más de las 12 horas permitidas por el MTC
El proceso sancionador seguido contra la empresa de transportes San Martín de Porres arrojó una sanción cuyo monto ascendió hasta los 450 UIT (equivalente a S/1’890,000) ya que se detectó que no ofreció las garantías del servicio a favor de los pasajeros que perdieron la vida y de aquellos que resultaron heridos en el accidente ocurrido en el km 48 de la carretera Panamericana Norte (Huaral), el pasado 02 de enero del presente año, infringiendo los artículos 19 y 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, pues el chofer excedió la jornada máxima de manejo acumulada de 12 horas, en un periodo de 24 horas.
Por tanto, a través de la resolución N°0940-2019/SPC-Indecopi, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal (SPC) del Indecopi ratificó la imposición de la multa así como lo determinado por la Comisión de la sede del Indecopi en Lima Norte, se determinó que la empresa expuso a riesgo injustificado a los pasajeros que viajaban en el bus de placa B0K-954.
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Entre las medidas correctivas aplicadas, el Indecopi ha dispuesto colocar un aviso en el lugar más visible del interior de todos los buses, así como en sus terminales terrestres, donde se informe la obligación de notificar a los pasajeros acerca de los conductores, indicando su identificación y las horas de conducción realizadas en las últimas 24 horas.
Al respecto, el organismo ha referido que “Esta sanción impuesta tiene el principal objetivo de disuadir o desincentivar la realización de infracciones que, como la conducta verificada, califican como muy graves, por la afectación a la seguridad, integridad física y vida de las personas, en este caso de los pasajeros de la unidad vehicular perteneciente a la empresa de Transportes San Martín de Porres S.A.”
Escrito por: Abg. Jessica Navarro