A través de la Resolución SBS N° 1356-2020 publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso ampliar hasta el 24 de mayo la suspensión del cómputo de sus plazos administrativos.
Es así como se amplía la suspensión de los plazos administrativos relacionados con las funciones y atribuciones de dicha entidad, incluyendo los plazos establecidos para la entrega de información que le fuera requerida de manera virtual.
Leer más: BCR: recuperación del PBI empezará el tercer trimestre
De igual forma, la suspensión también incluye “los plazos a los que se refieren los artículos 252 y 253 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 y la suspensión del cómputo de plazos a la que se refiere el artículo tercero de la Resolución SBS N° 1268-2020”, señala la resolución.
Asimismo, se mantienen vigentes lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución SBS N° 1259-2020, “mediante oficios múltiples, suscritos por los Superintendentes Adjuntos competentes, se establecerán las medidas, instrucciones complementarias y excepciones aplicables a los sistemas supervisados por esta Superintendencia, menciona el artículo 2 de la mencionada resolución”
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Grupo Verona