Sanciones y Fiscalización de las municipalidades: Plan de Vigilancia

En nuestro país, en el marco de la unidad e integridad del Estado y la nación, la normativa vigente, específicamente el artículo 7 de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que el territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias, distritos y centros poblados.

Es en estas circunscripciones donde se constituye y organiza el Estado, Gobierno a nivel nacional, regional y local, en base a sus distintas competencias y autonomía propias.

A fin de prevenir el contagio y la propagación de la COVID-19, las diferentes jurisdicciones, incluyendo las Municipalidades, han aprobado medidas de protección y bioseguridad que deben adoptarse en todos los establecimientos públicos o privados de sus respectivas zonas.

Para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones, se han realizado constantes supervisiones por parte de las autoridades Municipales, en compañía y apoyo de otros organismos, tal es el caso de la PNP, Sunafil, Minsa, entre otros.

¿Por qué las municipalidades?

Antes de la llegada de la pandemia, ya recaía sobre las municipalidades la competencia de fiscalizar el cumplimiento de la bioseguridad, no es una competencia que se ha dado por la Covid-19; sin embargo, en estos meses, la nueva normativa que se ha desarrollado en relación a los protocolos y lineamientos, también es supervisada por estos organismos con el propósito de:

  •         Reducir el impacto negativo sobre la población
  •         Evitar la existencia de situaciones de riesgo que eleven las implicancias negativas sobre la salud y la vida de las personas
  •         Adoptar acciones y medidas destinadas a prevenir situaciones y hechos contrarios a la seguridad
  •         Mitigar y evitar la propagación de la COVID-19 en su respectivo territorio.

¿Cómo se realiza la supervisión?

Durante esta etapa, ha correspondido a las Municipalidades aprobar medidas de protección y bioseguridad, así como también, establecer las infracciones que puedan ser cometidas por las personas naturales y jurídicas que incumplan las diversas normas. También deben aplicar sanciones administrativas, así como aprobar medidas correctivas y complementarias, para la aplicación adecuada de un Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas ante su incumplimiento o desacato.

El ministro de Defensa, Jorge Chávez Cresta, señaló que se realizarán fiscalizaciones de locales donde se organizan reuniones sociales clandestinas en los distritos de: Puente Piedra, Comas, Carabayllo y Los Olivos, esta acción se realizará en coordinación con la Policía Nacional y las autoridades municipales.

Mediante una entrevista, el titular del ministerio indicó: “Hay una especie de irreverencia y rebeldía de los jóvenes. Creen equivocadamente que una manera de liberar estrés es llevando adelante estas actividades”.

Chávez además indicó que los asistentes a estas reuniones representan el 5% de la población que no respetan las medidas sanitarias para frenar el contagio del Covid-19, es por ello que el Gobierno está trabajando en desarrollar una nueva estrategia comunicacional.

¿Qué tiene que ver el plan de vigilancia?

La fiscalización a la que hacemos referencia ya está en curso, los gobiernos regionales en operativos conjuntos, con equipos multidisciplinarios están fiscalizando y también imponiendo sanciones. ¿Tienen la facultad de establecer sanciones?, acerca de ello, debes saber que sí, los municipios están encargados de ello. Las municipalidades, a través de sus agentes de fiscalización, policía municipal, serenazgos y demás personal, son los que imponen las sanciones a los negocios.

¿Es importante tener el plan de vigilancia adecuado?, por supuesto que sí, en estas inspecciones se supervisa la adopción de las medidas preventivas necesarias y demás regulaciones exigidas para poder funcionar.

Así como Sunat puede fiscalizar tributos y la Sunafil seguridad, salud en el trabajo, derechos sociolaborales y otros relacionados al ámbito laboral, a las municipalidades se les ha dado la competencia de fiscalizar la bioseguridad que debe cumplir las personas naturales y jurídicas dentro de sus espacios

¿Qué estrategia debes tener?

En primer lugar, como dueño de negocio, contador, abogado, emprendedor o cualquier otra profesión que este relacionada con actividades económicas y cumplimiento de normas de bioseguridad, es importante que conozcas las normas. ¿Por qué? Porque de esta manera puedes diseñar tu estrategia y plan de defensa ante cualquier fiscalización, e incluso otras contingencias que puedan afectar tu comercio.

El Plan para la vigilancia, prevención y control de la Covid-19 debe ajustarse a los requisitos legales aplicables y contar con una óptima evaluación de riesgo por exposición, así como los protocolos de trabajo y sanitarios, diseñados especialmente para cada sector. 

Los negocios que no se adapten a estas disposiciones, y no cuenten con los aspectos técnicos que se exigen en cada región y a nivel nacional, puede ocasionar, entre otras cosas:

  •         Contagios masivos
  •         Pérdida de productividad
  •         Desconfianza de los clientes y usuarios
  •         Sanciones económicas

¿Qué otros aspectos debes tener en cuenta?

Además de lo indicado, recuerda que en el país rige la inmovilización obligatoria en horario de 10 pm a 4 am (salvo los casos de cuarentena focalizada), y los domingos todo el día; por ello, incumplir con esta regulación, es decir, funcionar o laborar en los horarios no permitidos, también ocasiona graves consecuencias.

En este momento tan delicado para todos los peruanos se debe gestionar con comprensión y total celeridad la toma de decisiones, entendiendo que, lo que determinará en el tiempo la sostenibilidad de los negocios y de la población es tomar en cuenta multidisciplinariamente los diversos criterios dinámicos y complejos que cada negocio en particular requiere para operar con éxito.

Recientemente, con el propósito de generar un impacto positivo en la ciudadanía, se ha ideado una campaña enfocada en enviar mensajes duros y directos, que produzcan un cambio de comportamiento en la población, evitando que se conviertan en vehículos que propaguen el nuevo coronavirus.

Esta iniciativa de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) se ha denominado: “El Covid no mata solo. No seamos cómplices”.

Es necesario reforzar conductas de autoprotección en la ciudadanía para potenciar la lucha contra el virus. esta campaña apela a la presión social de familiares, amigos y población en general para motivar la reflexión en los ciudadanos que mantienen un comportamiento irresponsable y que pueden convertirse en cómplices del Covid-19.

Escrito por: Grupo Verona

Foto: Andina

Leave a Comment

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

GRUPO VERONA

Nuestra experiencia en SUNAT y conocimiento asesorando a las principales empresas del Perú nos permiten ofrecerle la solucion.

EQUIPO

Interactivamente y proactivamente generamos contenido de alta rentabilidad para nuestros clientes.

© 2021 © GRUPO VERONA. Todos los Derechos Reservados.