El Ministerio de Salud (MINSA) ha elaborado un documento técnico donde se especifican las reglas que se deben tener en cuenta para la vigilancia de salud de los trabajadores de las diferentes actividades económicas, aquí se establecen claramente todos los factores generales que se deben obligatoriamente cumplir durante y después del estado de emergencia sanitaria.
Entre los principales aspectos de este documento se encuentran:
- Generalidad: Se trata de lineamientos de carácter general y obligatorio, es decir, no hace diferencias entre grupos o sectores, rige igual para todos
- Ámbito de aplicación: Estas reglas están dispuestas tanto para personas naturales como para personas jurídicas, en todo el territorio nacional, que desempeñan actividades económicas, también para servidores y funcionarios del sector público, y todo personal con vínculo contractual y laboral en el sector público y privado
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- Estructura del plan: Se debe pormenorizar la siguiente información:
- Datos de la empresa
- Datos del lugar de trabajo
- Información de los servicios de seguridad y salud de los trabajadores, incluyendo los profesionales de salud que ofrecerán el servicio
- Introducción
- Objetivos
- Nómina de trabajadores que conforman grupo con riesgo de exposición ante el COVID-19, la clasificación debe hacerse así: (i)Riesgo bajo de exposición (ii)Riesgo mediano de exposición (iii)Riesgo alto de exposición (iv)Riesgo muy alto de exposición
- Los trabajadores clasificados como mediano, alto y muy alto riesgo se les debe aplicar las pruebas correspondientes, y en caso de que se crea conveniente también a los de riesgo bajo
- Procedimientos de bioseguridad: Los empleadores, además, deben garantizar que se cumplan los criterios correspondientes a la limpieza, identificación de síntomas, sensibilización y capacitación, lavado de manos, medidas de seguridad tanto colectivas como individuales, vigilancia de enfermedades previas (comorbilidades)
- Grupos de riesgo: Se establece que no podrán regresar a sus labores presenciales, hasta el término de la emergencia sanitaria los trabajadores considerados dentro de los grupos de riesgo, incluyendo para ello la edad, enfermedades crónicas previas, obesidad
- Cumplimiento del plan: Es obligatorio acatar cada uno de los lineamientos para volver a operar
- Aprobación y registro: El comité de salud, tiene un plazo no mayor a 48h para aprobar el plan, luego de ello el empleador debe registrarlo en el SICOVID-19, creado por el MINSA para tal fin
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Grupo Verona