En el mundo corporativo a nivel mundial, cada vez es más frecuente utilizar el término Compliance o, en español, cumplimiento, ganando bastante notoriedad en relación con la prevención del delito, por ello su campo de acción es mucho más amplio debido a que busca establecer programas de cumplimiento para combatir la corrupción desde su interior.
La principal función del compliance es garantizar la integridad de la compañía y para ello identifica riesgos y establece mecanismos, políticas y procedimientos adecuados para garantizar que la empresa, incluyendo sus directivos, empleados y agentes vinculados cumplan con el marco normativo aplicable, es decir, no sólo se concentra en el logro de objetivos, sino en cómo estos se alcanzan.
¿Cómo está el Perú en este tema? Luego de la puesta en vigencia de la ley 30424 (modificada por el D.L. 1052) se ha propiciado un precedente en el derecho empresarial peruano, implementando que las personas jurídicas puedan ser sancionadas por la comisión de delitos como soborno o cohecho (transnacional, activo genérico y activo específico), lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Este régimen legal se adoptó siguiendo las intenciones de adherirse a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que incluye dentro de sus exigencias un grado de adecuación a estándares mínimos para castigar la criminalidad ligada a la corrupción cometida por personas jurídicas, aunado Además, al Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, entendiendo que los altos índices de corrupción en el mundo son la principal causa de pobreza, en los países en vías de desarrollo.
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Ante la aparición de nuevos riesgos y nuevas formas de criminalidad, perjudiciales para la sociedad, el Estado debe estar preparado estableciendo mecanismos que reduzcan, prevengan y sancionen estas situaciones, trasladando necesariamente esta obligación a los entes privados por ser los sectores más vulnerables para que se realicen actividades ligadas al lavado de activos, exigiendo que cumplan con ciertos parámetros normativos o reglas al momento de realizar actividades riesgosas o que podrían generar o aumentar un riesgo, orientándose, principalmente, al fomento de una cultura de confianza, ética e integridad.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro