El Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) es el centro encargado de realizar evaluaciones, investigaciones y recomendaciones para la prevención de enfermedades y daños a la salud, por actividades económicas que puedan afectar a los trabajadores y a la comunidad.
Brinda Servicios especializados de evaluación médica y psicológica por exposición ocupacional y ambiental, así como la evaluación de riesgos ocupacionales y ambientales (físicos, químicos, biológicos y psicosociales).
Para asegurar el cumplimiento de sus programas ha elaborado guías de evaluación médica y psicológica, asimismo está implementando un laboratorio infrarrojo y haciendo las propuestas técnico-normativas para garantizar la actuación sanitaria pública y privada en salud ocupacional.
De igual forma, desarrolla programas de sensibilización a grupos de interés nacional con el objetivo de promover el cuidado y protección de la salud del trabajador, con la finalidad de mejorar la productividad, calidad y fortalecer los procesos organizacionales.
Finalmente, presta asesoramiento y asistencia técnica a los gobiernos regionales ante problemas de salud humana por la contaminación ambiental originada por actividades económicas como la minería, agricultura, entre otros.
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¿Qué relación tiene con el plan o registro SICOVID?
Mediante la Resolución Ministerial N° 377-2020-MINSA el cual entró en vigencia hoy 12 de junio 2020, se delegó al Instituto Nacional de Salud, a través del CENSOPAS, la administración del registro del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, en adelante el Plan, el Sistema Integrado para COVID-19 (SISCOVID-19) del Ministerio de Salud; así como su fiscalización posterior.
Se debe tener en cuenta que la fiscalización posterior del Plan, conforme a ley, verifica lo siguiente: a) El llenado completo de los campos obligatorios del registro. b) Los datos de contacto (correo electrónico y teléfono) para una comunicación oficial; y que sus titulares se identifiquen como tales. c) La información vinculada con la seguridad y salud de trabajadores y prestadores de servicios sea auténtica y conforme a los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial N° 239- 2020/MINSA, o norma que la sustituya. d) Otras materias de competencia del Ministerio de Salud, conforme al numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 080-2020-PCM.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”