A través de la Resolución Directoral N°0378-2020-MINEM-DGM, se han aprobado los plazos para la presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC), correspondiente al año 2019. Los plazos acordados vencen de acuerdo a las fechas previstas en el cronograma definido en la regulación.
Para la presentación se toma en consideración el último dígito del número de Registro Único de Contribuyentes (RUC), de los titulares de la actividad minera, es importante destacar que también están incluidos dentro del cronograma a los titulares de actividad minera que no cuenten con RUC, y también a los pequeños productores mineros o productores mineros artesanales, de la siguiente manera:
- Titulares sin RUC: La fecha de vencimiento es el 25 de septiembre de 2020
- Ultimo digito 0-2: Fecha de vencimiento 28 de septiembre de 2020
- Último dígito 3-5: Fecha de vencimiento 29 de septiembre de 2020
- Último dígito 6-9: Fecha de vencimiento 30 de septiembre de 2020
¿Cómo hacer la presentación?
Se ha contemplado que, para la presentación de la DAC, los titulares de la actividad minera, gratuitamente podrán acceder a la página web: http://extranet.minem.gob.pe. Para ingresar deberán tener en cuenta:
- Contar con un Nombre de Usuario y Clave secreta (son los mismos para la presentación de las declaraciones mensuales y otros) que serán entregados mediante una de las siguientes modalidades:
- En Lima, el titular de la actividad minera (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podrá solicitar su clave de manera presencial o a través de la ventanilla virtual a la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad (DNI). El trámite se realizará dentro del horario de atención al público y no generará ningún costo para el titular.
- En provincias, el titular de la actividad minera (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podrá solicitar su clave de manera presencial o a través de la ventanilla virtual a la oficina de la Dirección Regional de Energía y Minas o su equivalente en la región correspondiente, a solicitar su Nombre de Usuario y Clave Secreta.
Leer más: Reapertura parcial de Gamarra hará que 25,000 personas regresen a trabajar
Leer más: MEF: economía cayó 40% en abril
El Nombre de Usuario y Clave Secreta son los mismos para la presentación de las demás declaraciones obligatorias que el titular de la actividad minera realice vía extranet.
Se debe tener muy en cuenta que, en la norma se indica que la Declaración Anual Consolidada (DAC), tiene carácter de declaración jurada y los datos consignados deben ser veraces y reflejo de la realidad, asumiendo el titular la total responsabilidad por la veracidad y exactitud de la información declarada.
La no presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC) por los titulares de la actividad minera dará lugar al inicio del procedimiento administrado sancionador acorde a lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N°004-2019-JUS y conforme a la Resolución Ministerial N°483-2018-MEM/DM.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Grupo Verona