Las operadoras de telefonía podrán dar de baja de servicios o suspender las líneas por falta de pagos, a partir del día 11 de mayo. Conforme a la Resolución Nº 035-2020-CD/OSIPTEL, estas empresas no pueden realizar el corte de la línea durante el periodo de aislamiento obligatorio, no obstante, a partir del día siguiente de levantado el estado de emergencia las empresas podrán ejecutar las suspensiones.
Leer más: CAPECO: sector construcción estaría listo para reiniciar el 11 de mayo
Leer más: SBS: autoriza funcionamiento de Bank of China (Perú) S.A. en Perú
Para poder efectuar el corte o suspensión la empresa deberá notificar al cliente con un plazo de dos días hábiles como mínimo, mediante un correo electrónico o un mensaje de texto. Es importante resaltar que si el pago ha sido fraccionado no se aplicará la suspensión del servicio, sin embargo, no podrás cambiarte de número por portabilidad hasta que se pague la totalidad de dicho fraccionamiento.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Lic. Fernando Parra.