Nuevas estrategias en la lucha para enfrentar el crimen organizado

Complemento para la normativa de extinción de dominio contra crimen organizado.

El perfeccionamiento de las estructuras criminales así como sus formas de operar, han creado una preocupación mundial por idear e implementar herramientas jurídicas para la persecución y desarticulación de estas organizaciones. Nuestro país no ha sido impasible a esta inquietud y desde hace varios años ha venido ratificando tratados internacionales para garantizar la erradicación de este flagelo.

Internacionalmente se ha llegado al consenso de señalar que el crimen organizado es de naturaleza económica, con lógica empresarial, ya que busca esparcir las ganancias de la actividad ilegal.Las estrategias para su persecución y sanción deben adecuarse a sus características concretas, por ello la legislación adoptó la figura de extinción de dominio, que surge para reivindicar el trabajo y los medios lícitos como únicos medios para conseguir bienes y ejercer dominio sobre estos; Incorpora medidas e instrumentos que permiten que esos bienes de orígenes ilícitos puedan ser perseguidos y extinguidos a favor del Estado, a fin de ser utilizados para prevenir y combatir la delincuencia. Es una figura jurídica ágil y de una aplicación sencilla que logra adaptarse a la velocidad con la que se mueven los patrimonios ilícitos con las actuales organizaciones criminales. Evita que se puedan convalidar derechos sobre bienes que fueron obtenidos por medios ilícitos y da seguridad jurídica a la ciudadanía. Además, es de carácter real y de contenido patrimonial, por lo que no requiere de la previa emisión de sentencia condenatoria, ya que busca descubrir la adquisición de los bienes.

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Con la intención de complementar esta normativa, se aprueba el D. S. N° 007-2019-JUS, que decreta el reglamento de la Ley de extinción de dominio (D. Leg. N° 1373), en el texto se establecen los lineamientos procedimentales para la aplicación de la extinción de dominio como herramienta de política criminal independiente y autónoma del proceso penal, desarrollando las garantías procesales y presupuestos de procedencia, los derechos de defensa, y  las reglas sobre la indagación patrimonial.

 

Escrito por: Abg. Jessica Navarro

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