El actual Estado de Emergencia declarado a nivel nacional por la pandemia del coronavirus resulta en la imposibilidad de realizar algunos trámites necesarios para la reactivación de la economía, como la constitución de empresas; por tanto, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) ha implementado una serie de iniciativas para facilitar estas acciones.
Así, a través de la Resolución N° 045-2020-Sunarp/SN, y en coordinación con el Colegio de Notarios, se establece que la constitución de empresas se realizará de manera obligatoria por medio del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), plataforma que permite iniciar el procedimiento registral de manera electrónica y segura, así como, la asignación automática del RUC, la entrega de la clave SOL y del código de usuario.
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Esta obligación regirá para la constitución de las sociedades anónimas abiertas, sociedades anónimas cerradas, sociedades comerciales de responsabilidad limitada y empresas individuales de responsabilidad limitada; formas jurídicas usualmente adoptadas por las mipyme, aunque también se extiende para las grandes empresas.
“Con el SID-Sunarp se elimina el soporte papel en el procedimiento registral, se establece una comunicación inmediata al correo electrónico del ciudadano sobre el estatus del trabajo notarial y registral, y lo más importante, se garantiza una mayor rapidez en el trámite registral, pues la calificación no supera los dos días hábiles”, explicó el superintendente nacional de los registros públicos, Manuel Montes Boza.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Econ. Jazmin Ramírez