A través de la Resolución del Consejo Directivo N°066-2020-OS/CD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMIN, ha modificado el “Protocolo de Supervisión de OSINERGMIN durante el estado de emergencia nacional decretado en el país como consecuencia del brote del COVID 19”.
Entre las principales contemplaciones de esta regulación se encuentran:
- Acciones de supervisión durante el Estado de Emergencia Nacional: Durante el estado de emergencia sanitaria nacional, las acciones de supervisión se desarrollan conforme a las siguientes disposiciones:
- En energía, las destinadas a garantizar: La continuidad del servicio público de electricidad. La continuidad del servicio público de gas natural. El abastecimiento de GLP y otros combustibles.
- En minería, las derivadas de situaciones de emergencia en las unidades mineras que se encuentren realizando operaciones críticas.
- Asimismo, Osinergmin ampliará las acciones de supervisión, bajo el ámbito de su competencia, a aquellas empresas que vayan reactivando sus actividades económicas, conforme a las fases dispuestas en el Decreto Supremo N°080-2020-PCM y/o las normas que lo complementen, modifiquen o sustituyan.
- Las acciones de supervisión de Osinergmin, se realizan de manera presencial y/o remota en gabinete, según corresponda.
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- Supervisión remota: Consiste en la comprobación de la información que obra en las bases de datos de OSINERGMIN, o que haya sido reportada o registrada por los agentes supervisados, así como aquella que sea solicitada mediante requerimientos de información específicos pudiendo utilizarse para tal efecto tecnologías de la información y comunicaciones, tales como los sistemas y plataformas implementados por OSINERGMIN a los que tienen acceso los agentes supervisados, incluyendo llamadas telefónicas, correos electrónicos, WhatsApp, videoconferencias, u otras, siempre que quede un registro de los mismos.
- El agente supervisado está obligado a proporcionar la información que le sea requerida, a través de los medios remotos disponibles.
- Osinergmin continuará con las acciones de supervisión de modo presencial en campo en todos aquellos casos que lo estime necesario, conforme a sus competencias.
- Supervisión presencial o de campo: Para el desarrollo de estas acciones se debe cumplir con el “Plan para la vigilancia, prevención control de COVID-19 en el trabajo de OSINERGMIN”, así como las disposiciones aprobadas en la normativa de la materia.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Grupo Verona