Modificación del protocolo sanitario sectorial los servicios de telecomunicaciones

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Resolución Ministerial Nº 0285-2020-MTC/01, ha realizado modificaciones al numeral 6 del “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del covid-19, para los servicios de telecomunicaciones”, aprobado mediante la R.M. N°0258-2020-MTC/01.

Los cambios se hacen específicamente en cuanto a las actividades de venta, distribución y delivery de equipos celulares y SIM Card, con la verificación biométrica con auto-activación y el lector de huella dactilar, así como la contratación del servicio público móvil sin verificación biométrica de huella dactilar.

La intención de realizar esta disposición, se basa en fortalecer la calidad de atención ofrecida a los usuarios o abonados, facilitando la entrega de productos en el domicilio, a través de empresas de entrega diferentes de las empresas concesionarias.

Entre los aspectos más relevantes de los cambios están:

  • Actividades de venta y distribución (Delivery): En relación a este particular destaca:
  • Consideraciones generales: La entrega de equipos en el domicilio del cliente se realiza por parte del personal de la empresa concesionaria o de empresas logísticas especializadas.
  • En caso de optar por el uso de empresas logísticas especializadas, estas deben cumplir una serie de requisitos societarios, tributarios y laborales: Deben estar debidamente constituidas en el país, cuyo objeto social comprenda la prestación de servicios logísticos, de despacho, transporte de carga o de bienes, distribución, delivery o actividades equivalentes, además estar inscritas en la SUNARP y contar con RUC activo y habido. No comprende a las empresas que brindan servicio de delivery por aplicativo. Estos negocios deben contar con una planilla mínima de 100 trabajadores, de conformidad con la información declarada ante la Sunat, un mínimo de cuatro años de operación en el país, y deben tener ingresos brutos anuales de un millón y 00/100 soles (S/. 1 000 000,00) como mínimo en el ejercicio 2019. Para tal efecto, presentan copia de sus estados financieros o copia del PDT de la declaración jurada de impuestos a la renta del ejercicio 2019, según sea el caso.
  • Todo traslado de productos se realiza dentro de los horarios establecidos por las autoridades y en estricto cumplimiento de las medidas dictadas por el gobierno y el presente Protocolo.
  • El personal encargado de realizar la entrega de los equipos y/o SIM CARD en el domicilio del cliente (delivery) debe estar previamente capacitado, acerca de los lineamientos de seguridad del Protocolo y debe ser personal de la Empresa Concesionaria o de empresas logísticas especializadas
  • Consideraciones sanitarias: En este sentido, la empresa concesionaria debe garantizar que el personal encargado del delivery cumpla con todas las disposiciones del Protocolo, a fin de garantizar su seguridad y la de los clientes.
  • A cada persona encargada de realizar el delivery de equipos, debe entregarse los EPP o Kit de Protección completos necesarios para esta actividad
  • Durante todo el tiempo que tome la interacción con el cliente, y en general toda la jornada, es obligatorio el uso de los EPP (tales como guantes, lentes, mascarillas, alcohol en gel, cubre zapatos desechables, bolsas de desechos, entre otros)
  • El vehículo a utilizar para el delivery debe limpiarse y desinfectarse todos los días, al inicio y término de la jornada.
  • Todos los días deben desinfectarse las herramientas del personal, tales como teléfonos, auriculares, lapiceros, carpetas, cartucheras y similares.
  • Diariamente se debe hacer el control de temperatura corporal, en caso que esta sea igual o mayor a 38ºC, no se le permite desarrollar actividades y es enviado a su domicilio.

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  • Verificación biométrica con auto-activación: El SIM card es entregado únicamente de manera personal en el domicilio del solicitante del servicio, para lo cual se le requiere la exhibición, sin entrega física, de su documento de identidad válido, debiendo guardar la captura de la imagen del mismo como constancia de su exhibición. Para la entrega del SIM card.
  • Verificación biométrica con lector de huella dactilar: El SIM card es entregado únicamente de manera personal en el domicilio del solicitante del servicio, para lo cual se le requiere la exhibición, sin entrega física, de su documento de identidad válido, debiendo guardar la captura de la imagen del mismo como constancia de su exhibición. Para la entrega del SIM card.
  • Contratación del servicio público móvil sin verificación biométrica de huella dactilar: El SIM card es entregado únicamente de manera personal en el domicilio del solicitante del servicio, para lo cual se le requiere la exhibición, sin entrega física, de su documento de identidad válido, debiendo guardar la captura de la imagen del mismo como constancia de su exhibición. Para la entrega del SIM card.

    Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”

Escrito por: Grupo Verona

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