MINSA: Precisiones al registro de incidencias

A través de la Resolución Ministerial N°484-2020-MINSA, se han hecho precisiones al Documento Técnico: “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID – 19”, contemplado en la R.M. N°448-2020-MINSA.

De acuerdo a la norma, esta decisión se toma debido a que se estima necesario realizar precisiones a la Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA para efecto de una mejor aplicación y garantía del derecho a la salud de los trabajadores.

Modificaciones que contiene esta regulación

  • Precisiones a la Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA: Se establece lo siguiente:
  • El registro de denuncias dispuesto mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA, reemplaza al registro de incidencias a que se refiere el artículo 5 de la Resolución Ministerial N°377-2020-MINSA.
  • Toda referencia normativa a la Resolución Ministerial N°239-2020-MINSA y sus normas modificatorias, se entiende realizada a la Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA.

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  • Derogación: Se deroga el artículo 5 de la Resolución Ministerial N°377-2020-MINSA.

Escrito por: Grupo Verona

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