Información será publicada por la Sunat
Mediante el Decreto de Urgencia N° 009-2019, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la normativa en la que se establece la disposición de transparencia para la aplicación de incentivos tributarios a los Fondos de Rentas de Bienes Inmuebles (FIRBI). Además, se añade que la información será publicada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
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De esta forma, el Gobierno ha publicado Decreto Supremo N° 025-2020-EF, el cual detalla la información que será divulgada por la Sunat relacionada con la retención definitiva del Impuesto a la Renta aplicable al arrendamiento u otra forma onerosa de uso de bienes inmuebles.
Para efectos de la publicación, se informa que se tomará en consideración las personas naturales propia mente dichas, asociaciones indivisas y sociedades conyugales que hayan optado por tributar como personas domiciliadas en el país. En el mismo sentido, serán consideradas las personas jurídicas constituidas en el exterior bajo la regulación del Reglamento de la Ley N° 30532.
Escrito por: Lic. Claudia Bolívar