A través del Diario Oficial El Peruano, hoy se publicó el Decreto Supremo N° 088-2020-EF; el mismo que dispone la ampliación del plazo de presentación de la información financiera correspondientes al año 2018 y 2019 para el intercambio automático de información.
Dicha información es brindada por las entidades del sistema financiero y debe ser presentada a la Sunat de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 256-2018-EF, y que servirá para realizar el intercambio automático de información, conforme a lo acordado en los tratados internacionales y en las Decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina (CAN).
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Es así como la información del año 2018 correspondiente a las cuentas preexistentes de alto valor de las personas naturales y la información del año 2019 brindadas por las instituciones financieras sujetas a reportar deberán ser presentada a la Sunat hasta el 31 de julio del 2020.
Asimismo, señala que es la SUNAT quien establecerá las fechas máximas en que debe realizarse la referida presentación mediante resolución de superintendencia.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Diana Estupiñan