El DL N° 1422 hace responsables solidarios a los representantes legales, gerentes y directores en casos de elusión tributaria.
El pasado 29 de marzo venció el plazo para que los directorios realicen la ratificación o modificación de los actos, situaciones y relaciones económicas que se hayan dado en el marco de la planificación fiscal de las empresas, así lo determina el Decreto Legislativo N° 1422.
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La norma indica que los directores tienen dentro de sus facultades el definir la estrategia tributaria de la sociedad que dirigen; por lo tanto, los actos que impliquen planificación fiscal agresiva realizados desde el 19 de julio del 2012 (cuando se suspendió la aplicación de la Norma XVI) hasta el 14 de septiembre de 2018 (cuando el DL N° 1422 entró en vigencia) se supondrán aprobados por el directorio. Igualmente, la aprobación de planeamientos futuros será bajo responsabilidad del directorio.
Sin embargo, y ante la duda que embarga a los altos miembros de la estructura societaria, la norma exige la ratificación –o revisión, según sea el caso– de aquellos actos, situaciones y relaciones que continúen produciendo efecto a la fecha de vigencia del decreto; esto, siempre que dichos actos se encuentren dentro del rango de decisión de los directores.
Escrito por: Lic. Claudia Bolívar