A través de esta norma se establece el control previo de fusiones y adquisiciones empresariales, a todos los sectores de la economía, incluido el sector eléctrico.
Actualmente, entre las maneras más usuales que tienen las empresas para ganar dimensión y competitividad, se encuentran la compra de una por parte de otra (adquisición) o la unión de varias; generando una de mayor tamaño (fusión).
El procedimiento de evaluación previa de operaciones de concentración empresarial, viene a ser un instrumento de política de competencia. En el procedimiento administrativo de evaluación previa, se solicita la autorización de la operación privada de fusión empresarial a la autoridad de competencia, con la finalidad de que evalúe los efectos que pudieran resultar de los cambios en la estructura del mercado.
Por tanto, luego de la aprobación de esta norma, el próximo año, es decir, una vez que la misma entre en vigencia, Indecopi estará facultado para revisar y autorizar fusiones o adquisiciones empresariales, en los casos en que los valores de venta de las empresas (en conjunto) a fusionarse supere las 118,000 UIT durante el último año fiscal y cuando el valor de venta de una de las empresas a fusionarse sea igual o superior a las 25,000 UIT.
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En igual sentido, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendrán derecho a opinar acerca de fusiones en el sector financiero, ante riesgos de crisis o inestabilidad del sistema financiero, ante una posible concentración de mercado, al igual que la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), cuando las fusiones se den en el sector bursátil.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro