Literalmente “Offshore” puede traducirse como fuera de la costa, en términos legales este término se refiere a empresa, sociedades o cuentas bancarias constituidas fuera del país de residencia, en donde no realizan ninguna actividad económica, se caracterizan por ubicarse en regiones de baja o nula imposición tributaria (paraísos fiscales.
Las Offshore surgen por la iniciativa de algunos gobiernos, quienes en busca de un mayor desarrollo y mejoría en su posicionamiento y competitividad, propician condiciones necesarias en sus sistemas para convertirse en espacios atractivos para realizar inversiones.
Las controversias que se tejen alrededor de estos centros offshore, se deben a que los mismos generalmente ofrecen ventajas comparadas con el lugar de procedencia.
Leer Más: Exportación de bienes y el IGV
Leer Más: ¿Cuáles serán los resultados de la norma antielusión?
Sin embargo este no siempre es el caso, frecuentemente este recurso se utiliza por quienes cuentan con un patrimonio importante y buscan evitar ser víctimas de delitos como la extorsión. El dilema se presenta debido a que la opacidad intrínseca de estas entidades facilita para muchos la ocultación de su existencia a terceras personas, como acreedores, entidades bancarias, administraciones públicas, familiares, o la opinión pública en general, evasión tributaria o lavado de activos.
Prevenir, investigar y comprobar la comisión de delitos asociados a las Offshores representa un desafío extremadamente difícil para los sistemas jurídicos tradicionales, porque su complejidad excede el ámbito del derecho penal clásico además, su rasgo trasnacional requiere englobar cuestiones de derecho internacional público y privado, entre otras dificultades.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro