Mediante RM Nº 151-2020-MINEM/DMl el Ministerio de Energía y Minas (Minem) aprobó el contenido de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para las actividades de comercialización de hidrocarburos al público la cual incluye ejemplos y elimina requisitos que no están relacionados con la evaluación ambiental.
Esta norma aplica para establecimientos que comercializan combustibles como gas licuado de petróleo (GLP) para uso automotor (gasocentro), gas natural vehicular (GNV), gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (LNG) y plantas envasadoras de GLP.
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La nueva DIA para establecimientos de venta al público de combustibles líquidos generará mayor predictibilidad en la elaboración y evaluación de los proyectos, lo que permitirá evaluaciones más expeditivas; asimismo, los nuevos contenidos de la DIA brindarán reglas claras, específicas y de fácil entendimiento para la evaluación ambiental por lo cual se eliminan algunos requisitos no ligados a la evaluación ambiental, como la constancia de inscripción en Registros Públicos (donde se encuentra el establecimiento y el plan de contingencia sobre gestión de seguridad).
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Escrito por: Grupo Verona