La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) resolvió que el criterio del Ministerio de Salud (Minsa) respecto a los octógonos en la publicidad de productos alimenticios sí constituye una barrera burocrática.
A través de la Resolución N° 072-2020-CEB – INDECOPI, la Comisión se refirió respecto a la exigencia de colocar octógonos en un área de hasta 15% del tamaño del anuncio en la publicidad (en medios escritos y en anuncios difundidos en vía pública e Internet) indicando que el Minsa no cuenta con competencia legal para regular la publicidad de las empresas.
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Así, se eliminó la exigencia de incluir esta advertencia en publicidad audiovisual y en medios radiales en la proporción o ritmo que siguiera la publicidad original a transmitir; además, se consideró ilegal la exigencia de mostrar claramente ante la cámara los octógonos dentro de la publicidad por imágenes fijas o en movimiento, y se cuestionó la inclusión de la frase ‘Contiene grasas trans’ en los alimentos procesados que superen los parámetros técnicos establecidos por el Minsa.
Sin embargo, en esta resolución también se consideró que los rotulados u octógonos que parecen en los productos envasados no constituyen una barrera ilegal. Además, esta decisión puede ser apelada en segunda instancia (Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del Indecopi).
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Escrito por: Grupo Verona