Los únicos exentos serán los restaurantes
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en virtud de mantener el control en la deducción de impuestos realizó un cambio en la Ley del Impuesto a la Renta (IR) que entrará en vigencia a partir del 2020, el cual establece que los gastos de alimentación y hospedaje no será deducibles para las empresas que no tengan estas como sus actividades económicas principales.
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Esta información fue dada a conocer a través del Decreto Supremo Nº 402-2019-EF, en donde se precisa que los gastos serán deducibles para todas aquellas empresas que tengan la venta de comida y el hospedaje como fuente principal del negocio.
Esto quiere decir, que el consumo que realicen las empresas que no se dedican a los giros de alimentación u hospedajes, quedan excluidos para la aplicación de la deducción de impuestos. Algunas empresas otorgar servicios de alimentación a sus empleados, pero su función principal de la compañía no está relacionado con dichos servicios.
Escrito por: Lic. Claudia Bolívar