Fiscalización por elusión puede comenzar mañana

La modificación más reciente del Decreto Legislativo N° 1422, indica que el directorio de las empresas debe evaluar los actos o situaciones llevados a cabo en el marco de la planificación fiscal y ratificarlos o modificarlos hasta el día de hoy 29 de marzo de 2019. Por esta situación la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) puede comenzar a fiscalizar los actos de elusión tributaria a partir del día de mañana, todo esto a pesar de que existe un dictamen pendiente por debate que deroga esta norma.

En este sentido, no existe la obligación de comunicar a la SUNAT acerca de las evaluaciones que realice el directorio sobre estos actos. Por ello, su incumplimiento no genera una infracción sancionable sino que se considere la responsabilidad solidaria del director. Ahora bien para que los directores se consideren responsables solidarios por deudas tributarias de la compañía solo puede suceder si se verifican y se confirman conductas elusivas.

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Sin embargo, hasta el momento su aplicación está en suspenso, porque se necesita que se aclare la definición de acto artificioso o impropio. Ahora bien el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicó que ya tiene listo el reglamento, en la cual se establece un test o examen de los hechos para cada uno de los casos en concreto a pesar de que se va a esperar a que el Congreso haga la revisión del Decreto Legislativo N° 1422. Finalmente, se debe considerar que la responsabilidad solidaria de los directores no se aplica inmediatamente al vencimiento del plazo para la evaluación.

Escrito por: Lic. Cs. Fiscales. Fernando Parra

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