A través de la Resolución Ministerial N°122-2020-Mincetur, se ha aprobado el “Protocolo sanitario sectorial ante el covid-19 para hostales categorizados y establecimientos de hospedaje no clasificados ni categorizados con constancia de declaración jurada”.
En el marco de la tercera fase de reactivación económica, estas actividades están habilitadas para volver a funcionar, a excepción de las regiones de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
Plan de vigilancia
Se establece como requisito para este sector que, deben elaborar su Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo. Asimismo, remitir el referido plan al Ministerio de Salud.
Aspectos generales del servicio
- El empleador, a través del profesional de salud o quien haga sus veces, es responsables de la toma de temperatura y del seguimiento de cada trabajador con temperatura mayor a 37.5°C.
- Antes del reinicio de actividades se debe realizar el saneamiento integral de las instalaciones: Desinfección, desratización, desinsectación y limpieza y desinfección de reservorios de agua.
- Se debe entregar al cliente las boletas o facturas de forma virtual, en caso de no poder hacerlo, cumplir políticas de cero contactos.
- Registrar la información necesaria para realizar la trazabilidad en caso de sospecha o confirmación de contagio. (Se debe solicitar el consentimiento para el uso de datos personales)
Instalaciones y servicios
- Definir el aforo de todas las áreas comunes del establecimiento
- Cumplir con el distanciamiento social
- En las zonas de atención al cliente implementar señales en el piso, counter o módulo respetando la distancia no menor de 2 metros
- Retirar elementos decorativos y folletería que puedan ser focos de contaminación
- implementar un almacén exclusivo para el equipaje o pertenencias de los huéspedes. Estas tendrán que ser desinfectadas antes y después de su uso.
Personal
- Solicitar los equipos de protección personal
- Acceder al control de temperatura corporal aleatoria al momento de ingresar al trabajo (no es obligatoria en entidades con menos de 20 trabajadores)
- Cumplir con el lavado frecuente de manos
- Reportar cualquier síntoma relacionado con el Covid-19
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Cliente
- Sensibilizarlos para prevenir el contagio, a través de medios digitales o físicos
- Informar: El uso obligatorio de mascarilla, comunicar los síntomas relacionados con el Covid-19, mantener un comportamiento adecuado para evitar contagios
- Se debe restringir el ingreso de personas con temperatura mayor a 38°C
- Realizar la desinfección del calzado al ingresar
Medios de pago
- Se debe optar por pagos virtuales
- En caso de pagos con interacción directa respetar las medidas preventivas
En cuanto a esta regulación, a través de una entrevista se ha pronunciado el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Édgar Vásquez, indicando que no se contempla una modificación del aforo, manifestando: “Recordemos que aquí estamos hablando de habitaciones en donde el huésped entra seguramente con gente de su entorno familiar o de manera personal”.
Vásquez agregó que, la entrada en vigencia de esta norma coincide con el reinicio de circulación del transporte interprovincial, por tanto: “Las primeras motivaciones de movimiento y utilización de estos establecimientos de hospedaje van a ser alojar estas personas que están viajando por comercio, por negocios o por reactivación de actividades económicas”.
Escrito por: Grupo Verona