Están obligadas según disposición de Sunat
Hace unos días Sunat anunció –mediante un proyecto de resolución– su intención de realizar modificaciones a la obligación de los emisores electrónicos de contratar los servicios de las OSE, a fin de facilitar una adecuación progresiva de dicho sistema; adelantando que se modificaría el primer grupo de empresas obligadas: reduciendo el universo de sujetos obligados y ampliando el plazo para el uso del SEE-SOL (y del SEE-Contribuyente y SEE-SFS de manera excepcional).
Ayer por la mañana, el ente fiscal oficializó las condiciones para que a partir del 01 de marzo de 2019 solo las empresas que sean Principales Contribuyentes –PRICOS– (al 31 de diciembre de 2018) y hayan reportado –en el 2017– ingresos anuales por 300 UIT a más (es decir, más de 1.2 millones de soles) deberán realizar la emisión y verificación de sus comprobantes de pago de manera electrónica, sea mediante un OSE o en el portal web de Sunat (SEE-SOL).
Leer Más: ¿La Informalidad es un fenómeno clave para evolución de la pobreza en el Perú?
Leer Más: Iniciativa “CEO for One Month”, busca joven que quiera ser su gerente general por un mes
Además, para aquellos contribuyentes que cumplen con las condiciones antes mencionadas, pero emiten sus comprobantes a través de los sistemas desarrollados por el contribuyente (SEE-Contribuyente) y/o a través del sistema de emisión Facturador Sunat (SEE-SFS) podrán continuar utilizándolos hasta el 30 de junio de 2019.
Para quienes sean PRICOS a partir del 2019 (al 31 de diciembre del 2019) y reporten ingresos mayores de 300 UIT en el ejercicio anterior (2018) la obligación rige a partir del 01 de julio de 2020.
Ante la realidad del Perú, donde 7 de cada 10 peruanos son informales, José Verona, especialista tributario, opinó que es un desacierto por parte de la administración tributaria el pretender que las empresas asuman el costo de emitir comprobantes de manera electrónica:
“La factura electrónica es una herramienta importante contra la evasión y la informalidad; los comprobantes electrónicos gratuitos han contribuido a la mejora en la recaudación y cumplimiento tributario, pero el portal de Sunat Operaciones en Línea (SOL) no es amigable. Si las OSE facilitan el trabajo de la Sunat, permitiéndole tener la información de los ingresos y gastos de los contribuyentes inmediatamente; entonces, el costo por la facturación electrónica debe asumirlo Sunat, no los contribuyentes”.
Escrito por: Econ. Jazmín Ramírez