Prohíben su empleo es espacios de esparcimiento
Por medio de una directiva, el Gobierno Nacional ha decidido establecer las pautas para el tratamiento de los datos personales de los trabajadores a través de los sistemas de videovigilancia, especificado la forma como debe ser utilizado este sistema por los empleadores en centros de trabajo y espacios públicos.
Leer Más: Definición del principio del devengado
Leer Más: Diferencia entre delito e infracción tributaria
Entre las obligaciones introducidas en la norma, se establece que los empleadores deberán informar individualmente a sus trabajadores el empleo de videovigilancia en las áreas de trabajo, destacando que no basta con la colocación de letreros.
Además, conforme a lo establecido por la norma, la videovigilancia solo debería ser utilizada cuando sea pertinente y no de forma excesiva, por lo que restringe su empleo en espacios de descanso y esparcimiento de los trabajadores como el comedor.
Escrito por: Lic. Claudia Bolívar