Eliminan algunas restricciones formales en el SID-SUNARP

A través de la Resolución N°076-2020-SUNARP/SN, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), ha dispuesto la eliminación de las restricciones formales en el Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP) respecto a la presentación de títulos sobre transferencia de propiedad y constitución de garantía hipotecaria en el Registro de Predios, referidas al número de predios inscritos y a la transferencia de cuotas ideales.

De acuerdo a la norma, esta decisión se adopta debido a que resulta indispensable eliminar cuestiones de orden formal en el SID-SUNARP, que puedan significar una limitante en la presentación electrónica de títulos que contengan actos de transferencia de predios o de constitución de garantía hipotecaria, tales como el impedimento de transferencia de cuotas ideales o el número de predios inscritos; máxime si no estamos ante un requisito o aspecto de fondo en el acto inscribible que impida su calificación registral.

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Los aspectos que contiene la disposición mencionada son:

  • Eliminación de restricciones de orden formal en la presentación electrónica de títulos en el Registro de Predios: Se dispone la eliminación de las restricciones formales en el Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP) respecto a la presentación de títulos sobre transferencia de propiedad y constitución de garantía hipotecaria en el Registro de Predios, referidas al número de predios inscritos y a la transferencia de cuotas ideales, a las que se refieren las Resoluciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N°306-2018-SUNARP/SN y N°046-2020-SUNARP/SN.
  • Procedimientos en trámite: La mencionada resolución comprende a los procedimientos de inscripción en trámite por tratarse de un aspecto formal en la presentación electrónica a través del SID-SUNARP que no alcanza a la naturaleza, contenido y actos inscribibles del título objeto de calificación.

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Escrito por: Grupo Verona

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