Decreto Legislativo 1425
Durante 2018 el Ejecutivo decidió realizar varios cambios normativos a través de una reforma tributaria, al respecto, el elemento legislativo más importante en cuanto al Impuesto a la Renta, se ubica en el Decreto Legislativo N°1425 (vigente desde el primero de enero del 2019), que modifica el Artículo 57° de la mencionada ley, en el cual se establece la definición del principio del devengado, el cual permite contar con un marco legal que otorga certeza y predictibilidad como base para su aplicación, en las operaciones con incidencia tributaria.
¿Qué es el principio de devengo?
Un criterio de imputación temporal por el que los ingresos y los gastos se deben registrar en el ejercicio en el que realmente se producen, independientemente de cuál sea la fecha en la que se cobren o paguen.
Definición en el caso de ingresos D. Leg. 1425
Se entiende que los ingresos se devengan cuando se han producido los hechos sustanciales para su generación, siempre que el derecho a obtenerlos no esté sujeto a una condición suspensiva, independientemente de la oportunidad en que se cobren y aun cuando no se hubieren fijado los términos precisos para su pago.
No obstante, cuando la contraprestación o parte de esta se fije en función de un hecho o evento que se producirá en el futuro, el ingreso se devenga cuando dicho hecho o evento ocurra.
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La definición de este concepto indica lo siguiente:
- Para considerar un ingreso o gasto como devengado en determinado ejercicio, se debe determinar el hecho sustancial (la existencia de un derecho u obligación, respectivamente).
- El hecho no debe estar condicionado;
- El hecho nace independientemente del cobro;
- La contraprestación no esté sujeta ni en todo ni parcialmente a un evento futuro.
Por tanto puede determinarse que la nueva norma tiene tres componentes:
- La definición general,
- La definición del devengo de ingresos en casos específicos (enajenación de bienes, prestación de servicios, cesión temporal de bienes, etc.) y,
- El devengo de los gastos.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro