El despido laboral

¿La embriaguez una causa de despido laboral?

El despido representa uno de los momentos más dificultosos de la relación laboral, este es el acto que mayor impacto tiene en el vínculo de trabajo por tratarse de una decisión exclusiva del empleador, usualmente no es aceptada de buena gana por el trabajador, quebrando con ello el principio de continuidad esperado por el Derecho Laboral.

Puede definirse el despido como el acto a través del cual el empleador basándose en su poder de dirección, administración y sanción decide unilateralmente extinguir o resolver el contrato de trabajo. En estos casos debe verificarse que la razón del despido este incluida en alguna de las causales establecidas por la ley.

Las normas laborales peruanas indican que el despido puede ser realizado por dos causas fundamentales:

  1. Por causas relacionadas a la capacidad del trabajador,
  2. Por causas relacionadas a la conducta del trabajador,

La ley laboral ofrece una lista cerrada de actos que califican como faltas graves y que por tanto se sancionan con el despido laboral. En esta nota nos enfocaremos en uno de ellos:

  • EL DESPIDO POR EMBRIAGUEZ HABITUAL O TOXICOMANÍA HABITUAL

En este supuesto, la autoridad policial, a través de un examen etílico o toxicológico, debe “dar fe” del estado en el que se encuentra el trabajador. En caso de que éste último se resista a someterse al examen, su negativa será considerada como reconocimiento de dicho estado.

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La regla de esta causal es bastante clara requiriendo alguno de estos supuestos:

  • Flagrancia,
  • Concurrencia reiterada para incurrir en la falta,
  • En caso de no ser reiterada, el despido se ocasionará cuando acudir a trabajar en este estado resulta excepcionalmente grave en razón a la labor que realiza el trabajador.

Esta disposición penaliza la infracción a un deber inherente a la relación laboral: asistir al trabajo en óptimas condiciones, su quebrantamiento constituye un acto de mala y el incumplimiento intolerable de las obligaciones de trabajo.

Escrito por: Abg. Jessica Navarro

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